Portal web de la Agencia Valenciana de Movilidad Metropolitana


Competencias

 

La Agencia Valenciana de Movilidad (AVM)

La AVM tiene como función principal la coordinación entre los distintos modos de transportes metropolitanos, y de éstos con las administraciones. De aquí su adscripción a la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, y la participación en su Consejo de Administración de representantes de las administraciones locales de todos los municipios integrados en los distintos ámbitos de actuación de la Agencia, así como representantes de la administración Autonómica y Estatal. 

  • La Agencia es, por tanto, un instrumento esencial para la articulación y vertebración de la movilidad metropolitana en la Comunidad, con capacidad para actuar sobre los instrumentos de planificación y gestión del transporte público asumiendo las siguientes competencias:
  • En materia de servicios regulares de viajeros: la creación, reordenación y gestión de líneas; la emisión, distribución y, en su caso, venta de títulos de transporte de coordinación, así como la elaboración de propuestas del marco tarifario; la elaboración de propuesta y ejecución de los planes de inspección; la adopción de medidas tendentes a establecer un sistema de ayudas a la explotación e incentivar la incorporación de nuevas tecnologías… 
  • En relación con los servicios del taxi: la gestión administrativa y en particular el otorgamiento, transmisión y visado de las autorizaciones, la adopción de medidas encaminadas a la mejora del servicio del taxi, el desarrollo de programas específicos destinados a incrementar el uso del servicio, la reordenación del sector... 

Competencias generales: informar sobre los servicios de transporte público metropolitano y fomentar su uso, elaborar estadísticas y estudios y, en su caso, construir las infraestructuras del transporte que le sean encomendadas. La AVM puede también cooperar mediante acuerdos, convenios y Contratos-Programa con cualesquiera entidades cuya actividad afecte al transporte metropolitano y, en especial, con aquellos municipios que deseen fomentar su transporte urbano. 

El órgano superior de la Agencia es el Consejo de Administración, presidido por el Conseller de Infraestructuras y Transporte.

 

COMPOSICIÓN  DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA AVM 

 

  • Presidente, que será el  Conseller de Infraestructuras y Transporte

 

  • Los Vicepresidentes, que serán los Alcaldes de las ciudades de más de 150.000 habitantes integrados en los diferentes ámbitos de actuación de la Agencia, o en su caso el concejal que designen.

 

  • Un representante de cada municipio de más de 50.000 habitantes ubicados dentro del ámbito de la Agencia.

 

  • Cuatro representantes de los restantes municipios integrados, de acuerdo con la propuesta efectuada por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

 

  • Cuatro vocales designados por el conseller de Infraestructuras y Transporte. Asimismo dicho Conseller podrá   designar hasta cuatro vocales más, relacionados con políticas sectoriales relativas a la movilidad.

 

  • Un representante de la Administración del Estado.

 

  • Los Directores de los operadores públicos de transporte

 

  • El Director y los Directores Técnicos de la Entidad.

 

Asimismo forman parte del Consejo de Administración con voz pero sin voto, el secretario designado por el presidente de entre funcionarios de la Generalitat del grupo A, así como un representante de cada uno de los consejos de operadores designados de entre sus miembros.

Los órganos rectores de la Agencia son el Consejo de Administración y el director; canalizándose la participación de los operadores de transporte a través de los Consejos de Operadores.

Al Consejo de Administración le corresponde la dirección, administración y gobierno de la Agencia, pudiendo funcionar en Pleno o en Comisiones Ejecutivas correspondientes a los respectivos ámbitos espaciales de actuación.

A las Comisiones Ejecutivas le corresponden, como tareas más relevantes, aprobar las modificaciones de servicios de transporte y la propuesta de marco tarifario de los títulos de coordinación; proponer la resolución sobre el establecimiento de nuevos servicios, otorgamiento de concesiones y modificación de condiciones esenciales de las mismas; aprobar los criterios de liquidación y compensación por uso de títulos de coordinación, así como las liquidaciones definitivas de la red de ventas y las correspondientes compensaciones; proponer al Consejo de Administración la aprobación de convenios, conciertos y contratos-programa; y habilitar al Director para el otorgamiento de nuevas autorizaciones del servicio de taxi.

El Director, que es nombrado por el Conseller de Infraestructuras y Transporte, a propuesta del Consejo, dirige el funcionamiento ordinario de la Agencia, ejecuta los acuerdos del Consejo y ostenta la jefatura del personal.

Cada ámbito integrado de transporte (Alicante Valencia y Castellón) contará con un director técnico que desarrollará las atribuciones que estatutariamente se le asignen.

La Agencia contará con dos Consejos de Operadores en cada ámbito de actuación, como órganos colegiados de carácter representativo: uno de operadores de los servicios regulares de viajeros y otro de operadores de taxi. Los Consejos de Operadores de los Servicios Regulares de Viajeros estará compuesto por representantes de las empresas operadoras. Y los de Operadores del Taxi estarán compuestos por representantes del sector del taxi en la forma que determinan los estatutos de la Agencia, a través de un sistema de representación proporcional de los sindicatos y asociaciones presentes en el sector.